¿Tiene en casa o necesita un emplead@ de hogar que le ayude en las tareas domésticas?
Desde el año 2012, con la entrada en vigor del Real Decreto 1620/2012, el empleo de hogar quedó integrado en el Régimen General de la Seguridad Social.
Como empleado de hogar, se conocen todas aquellas personas que realizan tareas domésticas retribuidas ya sean de limpieza, cocina, plancha, cuidado de niños, ancianos y enfermos, jardinería…
Esta legislación pretende mejorar los derechos de los empleados de hogar acercándolos así a los demás trabajadores por cuenta ajena. Una vez dados de alta, se crea una relación laboral por lo que tanto empleado como empleador incurren en una serie de derechos y obligaciones desde el inicio de la relación hasta la extinción del contrato.
Nosotros nos encargamos de tramitarle toda la documentación necesaria, como la solicitud del código de cuenta de cotización del empleador ante la Tesorería General de la Seguridad Social, el alta del trabajador, además de la confección de la nómina mensual y, de tener lugar, lo necesario a la hora de la extinción de la relación laboral.